El Cabildo, que tuvo un papel tan importante en la Revolución de Mayo, tenía dos tipos de sesiones. Las sesiones Ordinarias, que eran cerradas y en las que sólo participaban los integrantes de la corporación, podían ser:
-Electorales, pues el Cabildo se renovaba a si mismo
-Deliberantes, en las que se reglamentaba todo lo concerniente a la vida local, a la administración de los bienes comunales, policía o higiene de las poblaciones, milicias, enseñanza, abasto de la ciudad, fijación de precios de los artículos y servicios, regular el funcionamiento de los distintos oficios urbanos, y establecer los pesos y medidas.
-Administrativas, pues aplicaba y hacía efectivos los reglamentos sancionados.
-Judiciales, porque intervenía en la acción de la Justicia.
Luego estaban las sesiones Extraordinarias, en las que participaban todos los vecinos calificados de la ciudad y se realizaba cuando se convocaba a Cabildo Abierto para tratar asuntos de suma importancia o para asumir el gobierno político de la ciudad por ausencia o impedimento de los funcionarios
(virrey, gobernador).
Las personas convocadas eran designadas por el Cabildo invitando sin intervención del pueblo y constituían la aristocracia local. Pero, con todo, la circunstancia de llamarlas para deliberar con el Cabildo Ordinario daba a estas asambleas un carácter más democrático. ©