Los proyectos constitucionales presentados fueron el primer intento de establecer una Constitución para las Provincias Unidas del Río de la Plata. Este fue uno de los objetivos de la Asamblea del año XIII y convocada por el Segundo Triunvirato.
Más allá de su fracaso, sirvió de base y precedente para la constitución de 1853. El proyecto, que podíamos decir era oficial, estaba dividido en 22 Capítulos y 227 artículos adoptando la forma republicana unitaria de gobierno, declara que las Provincias Unidas del Río de la Plata forman una República libre e independiente.
Además, concede el derecho de ciudadanía a todos los hombres libres mayores de dieciocho años y consagra al catolicismo como la religión del estado, aunque tolera los demás cultos.
Establece:
A) El Poder Ejecutivo residirá en un Directorio compuesto por tres miembros que se renovarán por períodos de cada dos años. En ese período la presidencia debe turnarse por orden de antigüedad. Los miembros de este directorio son elegidos por el Senado y la Cámara de Representantes.
B) El poder legislativo, estará compuesto por tres organismos colegiados: la cámara de representantes, el senado y el consejo de estado.
C) El poder judicial estará representado por una Corte Suprema de Justicia con jurisdicción sobre todo el territorio, un tribunal superior en cada provincia, jueces letrados en cada partido y oficiales en todos los pueblos.
El proyecto de la Sociedad Patriótica consta de 211 artículos y es más acertado que el anterior, porque establece un poder ejecutivo unipersonal desempeñado por un ciudadano con el título de Presidente, y denomina al territorio Provincias Unidas de la América del Sur. En cuanto al sistema de elección, establece asambleas electorales para los poderes ejecutivos y legislativos. En cuanto al poder judicial, lo organiza en base a nueve magistrados como Supremo Poder Judicial con una sala de apelaciones en cada provincia y dos jueces en cada pueblo, con más de cinco mil habitantes.
Ambos proyectos fueron presentados ante la Asamblea, pero la mayoría alvearista se negó a tratarlos, argumentando que las circunstancias por las que atravesaba el país impedían declarar la independencia expresamente. ¤